Los complementos alimenticios son productos alimenticios cuya finalidad es perfeccionar una dieta saludable y que constituyen un aporte concentrado de nutrientes (minerales, vitaminas) y otros elementos naturales que tienen un efecto nutricional o fisiológico.
Presentados en forma de comprimidos, cápsulas, pastillas, ampollas, bolsitas de polvo, pueden estar elaborados a partir de plantas o extractos de plantas.
Hoy en día, la suplementación nutricional es un paso clave e inseparable en la preparación física del deportista, en particular para la optimización y prevención del rendimiento.
Ofrece una forma de mejorar la calidad nutricional de los alimentos y debe integrarse de manera reflexiva con una dieta sana y equilibrada para satisfacer las necesidades específicas del cuerpo. Los complementos alimenticios no son medicamentos ni productos dopantes y su composición está muy regulada.
Según la ley, los deportistas son responsables de las sustancias que se encuentran en su organismo, independientemente de su origen (alimentos, medicamentos, aplicación local, etc.).
Por tanto, es fundamental que puedan estar seguros de que los productos que consumen cumplen plenamente la normativa vigente sobre la lista de productos dopantes.
Los atletas deben asegurarse de que los medicamentos y / o complementos alimenticios que tomen no contengan ninguna sustancia prohibida y siempre serán responsables en caso de un control.
El riesgo de consumir un suplemento dietético que contenga un producto prohibido es bajo, pero muy real. Solo la norma AFNOR NF 94001 puede dar fe de la ausencia de una sustancia prohibida en los complementos alimenticios destinados a los deportistas.
Se ha adoptado la norma AFNOR NF V 94-001, elaborada a petición del Ministerio de Deportes en 2012 para permitir a los deportistas conocer suplementos o alimentos que no contienen sustancias dopantes y promover así las buenas prácticas industriales. Norma impuesta como referente en la lucha contra el dopaje.
Para cumplir con sus especificaciones, el desarrollo y la fabricación de complementos alimenticios y otros productos alimenticios destinados a deportistas deben estar estrictamente libres de las diversas sustancias prohibidas enumeradas por la Agencia Mundial Antidopaje. La norma AFNOR NF V 94-001 también formaliza el compromiso de los proveedores de materias primas y supervisa la realización de controles aleatorios regulares en los productos terminados para evitar cualquier contaminación intencional o accidental.
Con la adopción de esta norma, ERIC FAVRE se compromete a garantizar la composición de sus complementos alimenticios y la ausencia de sustancias prohibidas que puedan dar lugar a un control de dopaje positivo.
La mención NF V 94-001 en el envase de nuestros productos facilita la identificación de complementos alimenticios desprovistos de sustancias dopantes.
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